NOTA INFORMATIVA EN RELACIÓN A LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULO DE TÉCNICO Y TÉCNICO SUPERIOR DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL AÑO 2014.
1º. Normativa específica reguladora y que desarrolla las pruebas de obtención de título de Técnico y Técnico Superior
La normativa que regula y desarrolla el procedimiento es la que se cita a continuación:
● Orden 8 de octubre de 2010, por la que se regulan las pruebas para obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo. (BOJA núm.207, de 22 de octubre de 2010).
● Resolución de 2 de octubre de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, por la que se hace pública la oferta de ciclos formativos y módulos profesionales correspondientes a las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior en el año 2014. (BOJA núm.213, de 29 de octubre de
2013).
● La convocatoria está prevista se publique en BOJA a finales de enero o principios de febrero.
2º. Los centros docentes sedes de las comisiones de evaluación asumirán, entre otras, las siguientes funciones
● Admisión de solicitudes e introducción en el programa Séneca, así como posterior procedimiento de matriculación.
● Apertura del centro docente para la recepción de participantes en el acto de presentación.
● Registro y grabación de Séneca de las personas participantes que asistan efectivamente al acto de presentación.
3º. Fechas relevantes en el procedimiento
● Oferta de ciclos formativos en el año 2014: Resolución 2 de octubre de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, por la que se hace pública la oferta de ciclo formativos y módulos profesionales correspondientes a las pruebas de obtención de título de Técnico y Técnico Superior en el año 2014 (BOJA núm.213,de 29 de octubre de 2014).
● Convocatoria: Se prevé se publique en BOJA a finales del mes de enero o principio de febrero.
● Solicitudes de admisión: Diez días hábiles a partir del siguiente de la publicación en BOJA.
● Listados provisionales de admitidos/as: 1 mes después de la finalización del plazo de recepción de solicitudes.
● Reclamación a los listados provisionales: cinco días hábiles a partir del siguiente a la publicación de los listados provisionales.
● Listados definitivos.
● Acto de presentación: última semana del mes de abril de 2014. (La fecha será fijada por la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente).
● Desarrollo de las pruebas: 28 abril-7 Junio 2014. La Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente fijará las fechas de los módulos profesionales de “Formación y Orientación Laboral” y de “Empresa e Iniciativa Emprendedora”. Las fechas del resto de módulos profesionales serán fijadas por las comisiones evaluadoras, a partir del día 19 de mayo teniendo en cuenta el acuerdo de las comisiones coincidentes que deberán examinar el mismo día y a la misma hora cada uno de los módulos profesionales.
● Actas de evaluación, publicación de calificaciones: A partir del 10 junio de 2014.
● Reclamaciones a las calificaciones: tres días hábiles a partir del siguiente a la publicación del acta de evaluación.
● Sesión de evaluación extraordinaria: Resolución de reclamaciones.
Fechas sujetas a modificación. Pendientes de confirmar en función del día de publicación en el BOJA de la Orden de convocatoria.
4º. Estructura de las pruebas
● Las preguntas y respuestas de los ejercicios han sido elaboradas por profesorado en activo con atribución docente en los distintos módulos profesionales.
● Con carácter general las pruebas correspondientes a los módulos profesionales constarán de un ejercicio.
● Las pruebas correspondientes a módulos profesionales pertenecientes a ciclos derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, cuya atribución docente corresponda a una especialidad de Profesora Técnico de Formación Profesional, constará de dos ejercicios. Asimismo, las pruebas correspondientes a módulos profesionales pertenecientes a ciclos formativos de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que estén asociados a unidad de competencia, constarán de dos ejercicios.
En cuyo caso para aprobar el módulo, es requisito imprescindible aprobar los dos ejercicios.
● El primer ejercicio en todo los casos es tipo test con cuatro opciones de respuesta, siendo aceptada como correcta, solamente una opción. Restan los errores.
● Requisito imprescindible para acceder al segundo ejercicio en el caso de que lo hubiera, es tener aprobado el primer ejercicio.
5º. Algunos aspectos relevantes en relación con el desarrollo de las pruebas.
● Las personas que no asistan al acto de presentación decaerán en su derecho de presentarse a las pruebas.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE